Tiene por objeto la concesión de la licencia urbanística para la realización de las siguientes actuaciones:
· Construcciones e instalaciones de todas clases de nueva planta.
· Ampliación de construcciones e instalaciones de todas clases.
· Modificación, reforma o rehabilitación de construcciones e instalaciones, cuando tengan carácter integral o total.
· Desmontes, excavaciones, explanaciones, aterramientos, vertidos y demás movimientos de tierra
· Ejecución de obras e instalaciones en el subsuelo, cuando tengan entidad equiparable a las obras de nueva planta o afecten a elementos estructurales.
· Construcciones e instalaciones prefabricadas, móviles o provisionales.
Cualquier persona interesada
La licencia urbanística puede obtenerse para los siguientes supuestos:
1. Licencia urbanística sin comienzo de obra. Para iniciar las obras, se requerirá la aprobación del proyecto de ejecución.
La documentación mínima a presentar con la solicitud será la siguiente:
· Tres ejemplares del proyecto técnico (proyecto básico), acompañado de la ficha urbanística y estadística de edificación adjunta. Deberá incluir un ejemplar en soporte digital.
· Acta de alineaciones y rasantes
· Fotocopia de la carta de pago de tasa por licencia urbanística.
2. Licencia urbanística con comienzo de obra. La obtención de la licencia habilita el comienzo y ejecución de la obra
La documentación mínima a presentar con la solicitud será la siguiente:
· Tres ejemplares del proyecto técnico visado (proyecto básico y ejecución o de ejecución), acompañado de la ficha urbanística y estadística de edificación adjunta. Deberá incluir un ejemplar en soporte digital
· Acta de alineaciones y rasantes (En caso de proyecto básico y ejecución)
· Cuestionario estadístico (Ministerio de Fomento) suscrito por promotor y arquitecto.
· Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud.
· Estudio o Estudio Básico de Gestión Residuos.
· Proyecto de Infraestructuras comunes de acceso a los servicios de telecomunicación (En supuestos de división horizontal)
· Oficios de dirección facultativa debidamente visados.
· Copia de la carta de pago autoliquidación de impuesto y tasas. (Ordenanzas fiscales nº 5 y 19)..
Además de la documentación mínima, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
· Garantía o fianza para la gestión de residuos de construcción y demolición: el solicitante deberá indicar la constitución de la correspondiente fianza. En caso contrario, el otorgamiento de la licencia urbanística quedará condicionado a la previa constitución de esta fianza o garantía equivalente (Disposición Adicional Séptima de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León).
· En los supuestos de la ejecución simultánea de la edificación y la urbanización, deberá aportar documento en el que debe constar expresamente que el solicitante se compromete a:
1º. Ejecutar las construcciones e instalaciones permitidas por el planeamiento urbanístico simultáneamente a la urbanización
2º. No utilizar las construcciones e instalaciones ejecutadas hasta que la urbanización haya sido recibida.
3º. Establecer las condiciones anteriores en cualesquiera cesiones
· Asimismo aportará plano de servicios urbanísticos correspondiente al proyecto de urbanización y constituir aval por garantía de urbanización. (Artículos 202 y 214 del RUCyL. Decreto 22/2004, de 29 de enero y modificaciones posteriores)
Cuando la obra tenga lugar en áreas de protección arqueológica y esté previsto remoción del subsuelo o, en el solar, alberguen restos arqueológicos, deberá constar tal circunstancia en la solicitud.
En la solicitud se deberá constar si se prevé intervención arqueológica y si se aportan avales de garantía de gestión de residuos y/o por edificación simultanea con obras de urbanización.
URBANISMO
Área de Licencias y Planeamiento
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