La Inspección Técnica de Edificios es una inspección periódica de carácter obligatoria de las construcciones cuya antigüedad supere los 40 años, con la finalidad de determinar su estado de conservación y las condiciones de seguridad, salubridad, ornato público, habitabilidad y accesibilidad. Además se analiza y verifica el cumplimiento de los deberes de uso y dotación de servicios conforme a la normativa urbanística vigente.
Cualquier persona física o jurídica interesada.
Documentación a presentar (en tramitación presencial):
En las solicitudes de inscripción de ITE :
· Solicitud de inscripción en el registro de inspección técnica de edificios, según el modelo oficial por duplicado.
· Certificado de la Inspección Técnica de Edificios e Informe anexo en soporte papel generado por la aplicación informática ITE/IEE CASTILLA Y LEÓN. El contenido de la ITE debe ajustarse a lo dispuesto en el Decreto 6/2016, de 3 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León en relación con la Inspección Técnica de Edificios. (BOCyL 4/03/2016)
· Certificado de la Inspección Técnica de Edificios e Informe anexo en soporte digital en (CD o DVD). El archivo a entregar será el que resulte de ejecutar la opción "Exportación Digital" de la aplicación informática ITE/IEE CASTILLA Y LEÓN. Dicho archivo debe tener la extensión .ite.
· Declaración de coincidencia de los documentos digital y en papel de la ITE/IEE, según modelo oficial.
· Declaración de competencia profesional del Técnico Inspector, si la documentación no es visada por Colegio Profesional.
· Informe técnico justificativo de las obras y trabajos que se consideran necesarias, incluido presupuesto estimativo de las mismas, cuando el resultado de la inspección fuese desfavorable, según modelo oficial.
· Justificante o copia de la carta de pago de la autoliquidación de tasas. (Ordenanza fiscal nº 17, artículo 5º, 2.1)
Si por el técnico inspector se apreciase urgente necesidad de adoptar medidas de seguridad:
· Solicitud de inscripción en el registro de inspección técnica de edificios según el modelo oficial por duplicado..
· Informe justificativo de la adopción urgente de medidas de seguridad, según el modelo oficial.
Si se han llevado a cabo obras como consecuencia de ITE, cualquiera que fuese su resultado:
· Solicitud de inscripción en el registro de inspección técnica de edificios según el modelo oficial por duplicado.
· En ITE con resultado desfavorable:
- Certificado de la realización efectiva de las obras de la inspección técnica, según modelo oficial, e informe técnico en su caso. Es igualmente válido el modelo que se obtiene desde la aplicación informática ITE/IEE Castilla y León.
· En ITE con resultado favorable, pero sujeto a obras
- Informe de conformidad de las obras realizadas, según modelo oficial.
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